Viajes Nacionales
El principio general de la ley es garantizar el Libre Tránsito. Sin embargo, para proteger a los menores, existen reglas específicas:
NO requiere permiso
Cuando el menor viaja acompañado por ambos padres o por uno solo de ellos dentro del territorio nacional.
SÍ requiere permiso
Cuando viaja con un tercero (abuelos, tíos) o si un adolescente (+12 años) viaja solo. Debe tramitarse ante el CPNNA o Notaría.
Viajes al Exterior
Las normativas internacionales son más rigurosas para prevenir el traslado ilícito. Es obligatorio contar con autorización legal:
Viaje con un solo padre
Se requiere la autorización expresa del otro padre, autenticada ante una Notaría Pública o el Consejo de Protección.
Viaje con terceros o sin acompañante
Es indispensable la autorización escrita y autenticada de ambos padres. Los adolescentes mayores de 12 años pueden viajar solos.
Órgano Emisor y Ubicación
Para garantizar el cumplimiento de los protocolos de seguridad y protección, el trámite de autorizaciones ha sido centralizado en la instancia administrativa local:
- Competencia Exclusiva: Actualmente, el CPNNA es la autoridad encargada de procesar las autorizaciones de viaje, asegurando que se respete el derecho a la recreación y al libre tránsito bajo supervisión legal.
- Procedimiento por Acuerdo: Esta vía se utiliza cuando ambos padres consienten el viaje. En caso de ausencia de acuerdo, la ley establece que se debe acudir a la vía judicial (Tribunales).
- Función Educativa: El Consejo no solo emite el documento, sino que valida que el traslado no vulnere ninguno de los derechos del niño, niña o adolescente.
Las oficinas del CPNNA se encuentran ubicadas en la Avenida Perimetral, Edificio Fundasucre, Piso 1.
